EXW, Ex Works (en fábrica). El vendedor pone la mercancía a disposición en sus instalaciones. Todo lo demás corre por cuenta del comprador: transporte terrestre en China, despacho de exportación, carga, flete marítimo, transbordo, despacho de importación y entrega. Máximo control, máxima exposición. Los importadores primerizos rara vez se dan cuenta de que el EXW los hace responsables de los trámites aduaneros de exportación en China, que un comprador extranjero sin entidad china no puede gestionar con facilidad; al final los tramita un agente en su nombre, a un precio que usted no negoció.
FOB, Free On Board (franco a bordo). El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto chino acordado y se encarga del despacho de exportación. El riesgo se transmite en ese punto. Usted contrata y paga el flete marítimo desde allí. Es el término más usado en las importaciones desde Asia y, para la mayoría de los importadores del Caribe, la opción correcta por defecto.
CIF, Cost Insurance and Freight (costo, seguro y flete). El vendedor contrata y paga el transporte hasta el puerto de destino acordado y contrata el seguro, pero el riesgo pasa a usted en el puerto de origen, cuando la mercancía se carga. Ese desfase entre quien asume el riesgo y quien elige la naviera es la debilidad de fondo de este término.
DDP, Delivered Duty Paid (entregado con derechos pagados). El vendedor entrega en su puerta con todo pagado, incluidos los aranceles de importación y el impuesto al consumo en destino. Máxima comodidad y, en las rutas al Caribe, con frecuencia la opción más cara de todas.
En una ruta donde la carga hace transbordo en Kingston, Caucedo, Manzanillo o Cartagena, el viaje tiene un punto de unión a mitad de camino. Alguien debe asegurarse de que el contenedor pase del buque troncal al feeder. Si el troncal y el feeder son reservas separadas a cargo de partes distintas, ese hueco no queda cubierto por la obligación de nadie, y una conexión perdida cuesta alrededor de una semana, porque el siguiente feeder zarpa a la semana siguiente.
Analice cada término frente a ese punto de unión:
Dicho sin rodeos: el FOB le da el control del transbordo, el CIF le deja el riesgo sin el control y el DDP pone ambos en manos de una empresa al otro lado del mundo.
El CIF es popular porque parece sencillo y la cotización de flete del proveedor suele verse barata. Dos mecanismos lo vuelven peor de lo que aparenta.
El primero es el desfase entre riesgo y control descrito arriba. Usted asume el riesgo desde el puerto de origen, pero el proveedor eligió la naviera, la ruta y el transbordo. El incentivo del proveedor es la reserva más barata que cumpla su obligación, no la ruta con la conexión más fiable.
El segundo es la base imponible. La mayoría de los territorios del Caribe calcula los aranceles y el impuesto al consumo sobre el valor CIF, es decir, el flete y el seguro forman parte del monto gravable. Un proveedor que infla el componente de flete de un precio CIF infla también sus aranceles y su IVA. En una isla que cobra 15% de IVA y 20% de arancel, una partida de flete inflada genera, además del propio sobreprecio, impuestos por más de un tercio de ese monto.
Si compra en CIF, solicite el precio del flete por separado y compárelo con lo que usted podría contratar por su cuenta.
El DDP es realmente cómodo, y en rutas de gran volumen de China a Estados Unidos o de China a Europa puede tener un precio competitivo, porque los proveedores mueven suficiente carga para tener capacidad real en destino.
En las rutas al Caribe, por lo general, no es así, por una razón estructural. El vendedor cotiza un precio puesto en destino dentro de un régimen aduanero en el que no opera, a través de un agente de aduanas con el que no tiene relación, en un territorio donde no puede verificar con facilidad una clasificación ni resolver una consulta. Lo lógico para él es añadir un margen de riesgo amplio. Usted paga ese margen, se materialice o no el riesgo.
Hay un segundo problema propio de esta región: el importador registrado. En la mayoría de estos territorios, la declaración debe presentarla un importador registrado localmente con un número de identificación fiscal local. En República Dominicana es el RNC. En Jamaica, el TRN. En Trinidad, un número del BIR. En Panamá, el RUC. Puerto Rico, al estar dentro del territorio aduanero de Estados Unidos, necesita un importador registrado en EE. UU. con EIN. Un proveedor chino que ofrece DDP propone presentar una declaración con el registro de un tercero; antes de que zarpe el contenedor, pregunte de quién es ese registro y qué responsabilidad asume esa parte si se impugna una clasificación.
Y hay un tercero: las cotizaciones DDP suelen suponer un arancel preferencial al que las mercancías de origen chino no tienen derecho. La desgravación del DR-CAFTA en República Dominicana se aplica solo al origen estadounidense. El trato libre de aranceles de CARICOM se aplica a mercancías de origen CARICOM. Ninguno cubre un contenedor de Shenzhen. Un precio DDP calculado con la tasa equivocada termina en un recargo en destino o en una disputa, y en ambos casos el problema llega después que su mercancía.
Para la mayoría de los importadores del Caribe, la estructura correcta es FOB en el puerto chino acordado, con un movimiento directo hasta el puerto final contratado con un solo agente de carga. Esto le da:
Acepte EXW solo si tiene un agente competente en China y un motivo para controlar el tramo terrestre. Acepte CIF solo si ha comparado el precio del componente de flete y lo considera justo. Acepte DDP solo si el proveedor puede nombrar al importador registrado, ha demostrado que entiende el régimen arancelario del destino y usted prefiere pagar esa prima antes que gestionar el proceso.
El Incoterm fija la frontera de responsabilidades. Lo que queda de su lado es el problema operativo que tratamos en otras guías: la estructura de transbordo en puertos de transbordo del Caribe, los componentes de costo de los que usted se hace responsable en costo de envío desde China al Caribe, las tasas fiscales de destino que determinan qué debe incluir una cotización DDP en aranceles e impuestos de importación en el Caribe, y la ruta completa en envío de carga desde China al Caribe. En los destinos donde el registro pesa más, el detalle está en las guías por país, como República Dominicana, Jamaica y Panamá.
Si compra en FOB y necesita contratar el movimiento directo como uno solo, para eso existen los servicios de consolidación LCL y de contenedor completo. Para destinos concretos, el envío LCL de China a República Dominicana, el envío LCL de China a Jamaica y el envío de contenedores a Panamá cubren la ruta hasta el puerto final.
Delivered Duty Paid significa que el vendedor entrega la mercancía en el destino acordado con todos los costos pagados, incluidos el flete marítimo, los aranceles de importación y el impuesto al consumo en destino. Impone la máxima obligación al vendedor y la mínima al comprador. En las rutas al Caribe suele ser la opción más cara, porque el proveedor cotiza dentro de un régimen aduanero en el que no opera y añade un margen de riesgo amplio.
Por lo general no, por tres razones. Los proveedores chinos rara vez tienen relaciones reales con agentes de aduanas en estos territorios y trasladan la incertidumbre al precio. La mayor parte de la región exige un importador registrado localmente con identificación fiscal local, así que debe preguntar bajo qué registro se presentará la declaración. Y las cotizaciones DDP suelen suponer aranceles preferenciales a los que las mercancías de origen chino no tienen derecho, lo que aparece como recargo o disputa cuando la mercancía ya llegó.
En general, FOB es mejor. En CIF el vendedor contrata el transporte, pero el riesgo pasa a usted en el puerto chino, así que usted asume las consecuencias de una decisión de ruta que no tomó. El CIF también infla su base imponible, ya que la mayoría de los territorios del Caribe calcula los aranceles y el impuesto al consumo sobre el valor CIF, de modo que cualquier sobreprecio en el componente de flete también paga impuestos.
Depende del término y, sobre todo, de cómo se contrató el transporte. En FOB el transbordo es responsabilidad del comprador, algo manejable si se contrató un solo movimiento directo hasta el puerto final y peligroso si solo se contrató el tramo marítimo hasta el hub. En CIF lo contrata el vendedor, pero el riesgo es del comprador. En DDP es por completo del vendedor.
El EXW hace al comprador responsable de los trámites aduaneros de exportación en China, que un comprador extranjero sin entidad china no puede gestionar con facilidad. Lo habitual es que un agente los tramite en su nombre a un precio que usted no negoció, y además usted asume el tramo terrestre en China. Salvo que tenga un agente competente en China y un motivo concreto para controlar ese tramo, FOB es la mejor opción por defecto.
FOB en el puerto chino acordado, combinado con un movimiento directo hasta el puerto de destino final contratado con un solo agente de carga. Eso le da control de la conexión de transbordo, un flete a precio competitivo, un valor CIF defendible ante la aduana y un único responsable desde la estación de carga de contenedores en origen hasta el despacho en destino.